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2013-05-09
El diputado nacional por el Frente para la Victoria, Herman Avoscan, presentó un proyecto que modifica la actual ley de Inversiones Mineras. La ampliación del porcentaje de regalías que reciben las provincias es uno de los pilares de la propuesta.
El proyecto presentado por el diputado rionegrino implica dos modificaciones a la ley 24.196 de Inversiones Mineras. En primer lugar, el proyecto prevé el achicamiento de la cantidad de años de estabilidad fiscal que se le proporciona a las empresas que se dediquen a la actividad minera. Actualmente, la ley contempla una estabilidad de 30 años, mientras que el proyecto de Avoscan prevé un plazo de 10 años siempre y cuando se respeten las condiciones de la explotación:
“Consideramos suficiente a los fines de la seguridad jurídica necesaria para la explotación, que se garantice esa estabilidad en tanto y en la medida en que se mantengan las condiciones existentes al momento de que originaron la explotación” sostuvo Avoscan al respecto.
La segunda modificación propuesta es elevar el porcentaje en concepto de regalías que reciben las provincias que cuentan con actividad minera. El proyecto contempla la expansión del 3% actual a un 12%, tal y como son las regalías hidrocarburíferas.
Entre los fundamentos de la ley, Avoscan explica que propone subir la alícuota por “considerar que se adecua a la situación de la actividad minera y la rentabilidad del sector, a los fines de generar una mejor distribución de la riqueza que generan estos recursos no renovables” y remarca que “la constante modificación de la cotización de algunos minerales, especialmente el oro, sumadas a las exageradas medidas de protección de los productores devienen en ganancias exorbitantes para las empresas multinacionales en desmedro de la economía nacional y estados provinciales”
Asimismo, el proyecto contempla que tal porcentaje de regalías se debe considerar a partir del valor de ventas de los minerales extraídos y no sobre el valor de boca-mina.
“Teniendo en cuenta los cambios que se produjeron desde la sanción de esa ley en el ´93, en su comercialización, costos y precios de mercado, se torna indispensable modificar las normas que rigen la materia, proporcionando a las provincias un instrumento que les permita recibir una mayor parte de lo que les corresponde en su carácter de legítimos propietarios de los recursos a fin de que puedan ser derivados al desarrollo de las comunidades de las cuales se extraen los mismos” concluyó Avoscan.
adnrionegro.com
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